EDICTE del Jutjat de Primera Instància núm. 6 de Sabadell, sobre actuacions de procediment ordinari (exp. 1505/2005).
Sección | Administració de Justícia |
Emisor | Jutjats de Primera Instància i Instrucció |
Rango de Ley | Edicte |
EDICTE
del Jutjat de Primera Instància núm. 6 de Sabadell, sobre actuacions de procediment ordinari (exp. 1505/2005).
D/ña. M. Montserrat Schmolling Guinovart Secretaria Judicial del Juzgado Primera Instancia 6 Sabadell (ant.CI-8)
HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 1505/2005 actuaciones de Procedimiento ordinario a instancia de JUAN VIDAL POBLA y de su hijo Jordi Vidal, NURIA TORTOSA LOPEZ y de su hijo Rafael Rivera y MAGDALENA y de su hijo Mario Vallmitjana ROA NAVARRETE y de su hijo Mario Vallmitjana representado por el Procurador/a Sr/a. JOSEP GUBERN VIVES contra CATALANA OCCIDENTE y HABITATGES COMARCALS S.A. sobre reclamación daños y perjuicios de accidente de trafico en los que en resolución dictada el día de la fecha se ha acordado notificar por edictos a HABITATGES COMARCALS S.A. por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Sabadell
Juicio Ordinario 1505/05
En Sabadell, a 19 de enero de 2011.
SENTENCIA
Vistos por mí, Nuria Barcones Agustín, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Sabadell, los autos de juicio ordinario tramitados con el nº 1505/05, en los que han intervenido como demandante Doña Magdalena Roa , representado por la Procuradora de los Tribunales y asistido por el Letrado Sr Borguño , D. Juan Vidal Pobla, representado por el Procurador de los Tribunales Sr Gubern y asistido del letrado Sr Borguño , y Doña Nuria Tortosa López , representada por el Procurador Sr Iquierdo y asistido del letrado Sr Sánchez y como demandada, representada por la Procuradora de los Tribunales y asistida por el Letrado Sr. , en virtud de las siguientes consideraciones
DISPONGO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Doña Magdalena Roa, en nombre de su hijo Mario Vallmitjana, debo condenar y condeno a Catalana de Occidente y Habitatges Comarcals a abonar a la Sra Roa la suma de 661 , 22 euros por daños materiales y al Sr. Vallmitjana la suma de 992,88 euros por daños personales , cantidad que devengará con cargo a la aseguradora el interés previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, debiendo abonar cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Que estimando íntegramente la demanda del Sr Joan Vidal Pobla, en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba