DECRET 62/1992, de 2 de març, pel qual es modifica l'article 9.1 del Decret 282/1987, de 27 d'agost, pel que fa a la composició de la Comissió de Delimitació Territorial.
Sección | Concursos i Anuncis |
Emisor | Departament de Governació i Relacions Institucionals |
Rango de Ley | Decret |
El Decret 282/1987, de 27 d'agost, regula la composició, l'organització i les funcions de la Comissió de Delimitació Territorial.
L'article 9.1 de l'esmentat Decret estableix, quant a la composició, la representació de l'Administració de la Generalitat, dels ens locals i de les institucions públiques i privades.
Atesa, d'una banda, la sol·licitud de participar en la Comissió dels departaments de la Presidència i de Medi Ambient, i tenint en compte que l'eficàcia en el funcionament de la Comissió aconsella mantenir l'equilibri entre les distintes representacions en la Comissió;
Atès, d'altra banda, que l'augment en el nombre d'universitats a Catalunya fa necessari garantir-ne la representació, rotativa, de totes elles a la Comissió;
Segons el que estableix la Llei 13/1989, de 14 de desembre, d'organització, procediment i règim jurídic de l'Administració de la Generalitat, a proposta del conseller de Governació i d'acord amb el Govern,
Decreto:
Es modifica l'article 9.1 del Decret 282/1987, de 27 d'agost, que queda redactat en el sentit següent: "La Comissió de Delimitació Territorial es compon de: "
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Vuit representants de l'Administració de la Generalitat que són: el conseller de Governació, que n'és el president; el director general d'Administració Local, que n'és el vice-president; el director general de Política Territorial; el director general d'Urbanisme; el director general de Política Financera, i un representant de cadascun dels departaments de la Presidència, d'Agricultura, Ramaderia i Pesca, i de Medi Ambient. "
-
Vuit representants dels ens locals designats per les seves organitzacions associatives en proporció al nombre de municipis i altres ens locals que tinguin afiliats. Tots ells hauran de ser membres de les corporacions locals. "
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Quatre representants d'institucions públiques i privades. Les universitats catalanes nomenaran tres representants, designats pel Consell Interuniversitari de Catalunya, els quals hauran de ser...
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