EDICTE sobre actuacions de judici de divorci contenciós (exp. 243/2013).

SecciónAdministració de Justícia
EmisorJutjats de Primera Instància i Instrucció
Rango de LeyEdicte

D/ña M. José Gutiérrez Cané, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 3 de Figueres

HAGO SABER

Que en este Juzgado se tramitan bajo el núm. 243/13 los autos de juicio Divorcio contencioso, Sección c a instancia de Anike Oyeniyi, representada por la procuradora Irene Gumà Torramilans, contra Michael Rainer Huth y en resolución dictada en el día de la fecha se ha acordadonotificar por edictos a Michael Rainer Huth por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:.

SENTENCIA núm. 48/14

En Figueras a 28 de Abril de 2014.

Dña. Mª Elena Román Aita, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Figueras y su Partido Judicial, vistos los autos del Procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO seguidos con el nº 243/2013 en el que han sido partes Dª. ANIKE OYENIYI, representada por el Procurador D. Irene Gumá y asistida por la letrado D. Eva Barrientos, como demandante y D. MICHAEL RAINER HUTH, en situación de rebeldía procesal, como demandado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal en defensa de los intereses de los hijos menores de edad.

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda de DIVORCIO promovida por Dª. ANIKE OYENIYI, contra D. MICHAEL RAINER HUTH debo declarar como declaro la DISOLUCIÓN POR CAUSA DE DIVORCIO DEL MATRIMONIO formado por Dª. ANIKE OYENIYI y D. MICHAEL RAINER HUTH , con todas las consecuencias legales.

Asimismo acuerdo las siguientes medidas en relación con las dos hijas menores de la pareja, Oluwatoyin Missetty (20-04-2001) y Oluwaseyi Anais (19-08-2002):

1- Atribución de la Guarda y custodia de las menores a la madre, Anike, si bien la patria potestad continuará ejerciéndose conjuntamente por ambos progenitores.

2- Se otorga al padre, Michael, el derecho de visitar a sus hijas y tenerlas en su compañía en la forma más amplia posible que ambos progenitores acuerden atendiendo a la disponibilidad laboral del padre (que se desconoce) y respetando las obligaciones escolares de las menores.

La estancia con ellas, durante los períodos vacacionales de las menores, se distribuirán entre ambos progenitores por mitad, eligiendo en caso de discrepancia, que período de disfrute le corresponde a cada uno de ellos, los años pares el padre y los impares la madre.

Las entregas y recogidas de las menores se efectuarán en el domicilio materno.

El progenitor que no tenga en su compañía a las menores podrá comunicarse con ellas por cualquier medio, debiendo respetar en...

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