ORDRE EMO/159/2013, de 9 de juliol, per la qual es garanteix el manteniment dels serveis essencials que presta l'empresa Catalunya Ràdio, SRG, SA.
Sección | Disposicions Generals |
Emisor | DEPARTAMENT D'EMPRESA I OCUPACIÓ |
Rango de Ley | Ordre |
Vista la comunicació de vaga presentada pel comitè d’empresa de les emissores de Catalunya Ràdio, SRG, SA (registre d’entrada de 21 de juny de 2013), prevista des del dia 12 al dia 25 de juliol de 2013, de 0.00 a 24.00 hores, i que afecta tota la plantilla de les emissores;
Atès que Catalunya Ràdio, SRG, SA, és una empresa pública, constituïda per l’ens públic Corporació Catalana de Ràdio i Televisió, creada per la Llei 10/1983, de 30 de maig, sotmesa als principis generals d’informació objectiva, veraç i imparcial, de respectar la llibertat d’expressió i el pluralisme, i els principis d’igualtat, entre d’altres;
Atès que l’autoritat governativa ha de dictar les mesures necessàries per tal de mantenir el servei essencial, tenint en compte que aquesta restricció ha de ser justificada i proporcional amb l’exercici legítim del dret de vaga reconegut a l’article 28.2 de la Constitució;
Atès que la Constitució, a l’article 20, emmarcat en la secció sobre els Drets fonamentals i les llibertats públiques, regula el dret a la informació, a expressar i difondre lliurement el pensament, les idees i les opinions per qualsevol mitjà, a rebre lliurement la informació i, al seu apartat tercer, preveu la funció informativa dels mitjans de comunicació social dependents d’entitats públiques, les quals estan obligades a respectar el pluralisme en la societat i la informació en les diferents llengües, és per això que cal mantenir un terç del servei dels espais informatius;
Atès que en el marc d'aquesta funció d'informació als ciutadans s'hi ha d'incloure la comunicació de mesures de protecció i de protocols d'actuació en cas que es produeixi una situació d'emergència, motiu pel qual caldrà mantenir una dotació mínima imprescindible per cobrir aquest tipus d'informació, exclusivament pel cas que es produeixi una situació d'emergència;
Atès que les parts en conflicte no han arribat a cap acord sobre la necessitat d'establir serveis mínims;
Atès que s'ha demanat un informe a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals sobre les repercussions que tindria la vaga esmentada;
Atès el que disposen l’article 28.2 de la Constitució; l’article 170.1.i) de l’Estatut d’autonomia de Catalunya; l’article 10.2 del Reial decret llei 17/1977, de 4 de març; el Decret 120/1995, de 24 de març, de la Generalitat de Catalunya; i les sentències del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8...
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Solicita tu prueba- ORDRE EMO/31/2013, de 21 de febrer, per la qual es garanteix el manteniment dels serveis essencials que presta l'empresa Televisió de Catalunya, SA.
- ORDRE EMO/42/2013, de 14 de març, per la qual es garanteix el manteniment dels serveis essencials que presta l'empresa Televisió de Catalunya, SA.
- ORDRE EMO/57/2013, de 12 d'abril, per la qual es garanteix el manteniment dels serveis essencials que presta l'empresa Catalunya Ràdio, SRG, SA.
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