EDICTE del Jutjat de Primera Instància núm. 5 de Badalona, sobre actuacions de procediment ordinari (exp. 101/2006).

SecciónAdministració de Justícia
EmisorJutjats de Primera Instància i Instrucció
Rango de LeyEdicte

Procedimiento Procedimiento ordinario 101/2006 Sección A

Parte demandante GAS NATURAL DISTRIBUCION SDG S.A.

Procurador ROSA MARIA BAÑARES DIONIS

Parte demandada BEATRIZ GARCIA PEREZ

Dña. Monica Arnal Ric Secretaria Judicial del Juzgado Primera Instancia 5 Badalona

HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan bajo núm.101/2006 actuaciones de Procedimiento ordinario a instancia de GAS NATURAL DISTRIBUCION SDG S.A. representado por la Procuradora Sra. ROSA MARIA BAÑARES DIONIS contra BEATRIZ GARCIA PEREZ sobre procedimiento ordinario en los que en resolución dictada el día de la fecha se ha acordado notificar por edictos a BEATRIZ GARCIA PEREZ por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 328/2006

En Badalona a 28 de noviembre de 2006

MIREIA ALARCÓN UBIERNA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Badalona, habiendo visto los autos del Juicio Ordinario número 101/06 seguidos a instancia de GAS NATURAL SDG S.A., representado por el Procurador Rosa Ma Bañares, asistido del Letrado Agustín Monté, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, contra BEATRIZ GARCíA PÉREZ, declarada en rebeldía, en el ejercicio de las Potestades que le atribuyen la Constitución y las Leyes de España dicta la presente resolución, que se basa en los siguientes:

FALLO

ESTIMO la demanda deducida por “GAS NATURAL SDG S.A.” contra BEATRIZ GARCíA PÉREZ y, en consecuencia, DECLARO RESUELTO el contrato de suministro de gas para consumo en la vivienda sita en la CI Atlántida número 57, 2º, 1ª de Badalona y CONDENO a la demandada a que pague a la actora la cantidad de 4.021,82.- euros más los intereses legales de dicha cantidad desde la interpelación judicial, así como al pago de la suma que se fijará en ejecución de sentencia, resultante de la facturación comprendida entre la última lectura facturada de 2315 m3 de gas y la que se realizará en el momento de desconexión...

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