DECRET 24/1989, de 7 de febrer, d'aprovació de la municipalització del servei d'abastament d'aigua potable al municipi de l'Ametlla del Vallès.
Sección | Disposicions Generals |
Emisor | Departament de Governació i Relacions Institucionals |
Rango de Ley | Decret |
Atès que l'Ajuntament de l'Ametlla del Vallès, en sessió ordinària de 24 de març de 1986, va acordar, per unanimitat dels membres presents, aprovar la memòria redactada per la Comissió especial respecte a la municipalització del servei d'abastament d'aigua potable per mitjà de gestió indirecta, i també els Estatuts i el Reglament del servei municipalitzat d'aigua potable;
Atès que al Butlletí Oficial de la província de Barcelona de 10 d'abril de 1988 es va publicar un Edicte d'exposició pública de la memòria de municipalització del servei d'abastament d'aigües potables, i també la sol·licitud de la reserva que estableix l'article 86 de la Llei 7/1985, de 2 d'abril;
Atès que el senyor Jaume Soler i Reus, en qualitat d'administrador d'Aguas l'Ametlla, SA, i en nom propi, va presentar reclamacions;
Atès que la Comissió de municipalització va emetre un informe nou sobre les dites reclamacions;
Atès que l'Ajuntament en Ple, en sessió celebrada el dia 30 de setembre de 1988, va adoptar, per unanimitat dels vuit membres assistents dels onze que componen la corporació, els acords següents: aprovar en totes les seves parts la memòria i l'informe elaborats per la Comissió creada per a l'estudi de la municipalització del servei d'aigües potables a la població; acordar la municipalització amb monopoli del servei d'aigües potables de la població de l'Ametlla del Vallès tal i com es diu a la memòria i l'informe abans esmentats; i trametre les actuacions al Departament de Governació perquè, al seu torn, les elevi al Consell Executiu de la Generalitat, als efectes de l'article 229 de la Llei de règim local de Catalunya;
Atès que els articles 227 de la Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya, i 86.1 de la Llei 7/1985, de 2 d'abril, de bases de règim local, disposen que els ens locals podran exercir activitats econòmiques, d'acord amb l'article 128.2 de la Constitució;
Atès que l'article 86.3 de l'esmentada Llei 7/1985 declara la reserva de l'exercici del servei d'abastament d'aigua potable a favor de les entitats locals, servei que podrà prestar-se en règim de monopoli, d'acord amb el que preveu l'article 229.1 de l'esmentada Llei 8/1987, de 15 d'abril;
Atès que, pel que fa a la modalitat de gestió dels serveis esmentats, es pot optar per qualsevol de les compreses a l'article 233 de l'esmentada Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya; i que l'Ajuntament en Ple, en data 24 de març de...
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