LLEI 8/1982, de 25 de juny, de modificació del Pressupost de la Generalitat i les seves entitats autònomes per al 1982.
Sección | Concursos i Anuncis |
Emisor | Departament de la Presidencia |
Rango de Ley | Llei |
EL PRESIDENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
Sia notori a tots els ciutadans que el Parlament de Catalunya ha aprovat i jo, en nom del Rei i d'acord amb el que estableix l'article 33.2 de l'Estatut d'Autonomia, promulgo la seg¸ent
LLEI
La Llei de Pressupost de la Generalitat i de les seves entitats autÚnomes per al 1982 queda modificada en els seg¸ents extrems:
-1 A l'article 1 s'afegeix una nova lletra:
-
En els crËdits consignats a l'estat de despeses i en els drets detallats a l'estat d'ingressos als quals es refereix l'apartat a) d'aquest article, sÛn inclosos els crËdits corresponents als Serveis transferits de la Seguretat Social per un import total de 109.932.000 pessetes, aixÌ com les tranferËncies provinents del pressupost de la Seguretat Social pel mateix import.
-2 A l'article 2 s'afegeix un nou apartat: 3. Els romanents de crËdits pressupostaris corresponents als serveis traspassats de la Seguretat Social hauran d'Èsser incorporats al pressupost de l'exercici seg¸ent en els mateixos conceptes pressupostaris en quË s'hagin produÔt els susdits romanents.
-3 A l'article 4 s'afegeix una nova lletra:
-
No podran autoritzar-se transferËncies de crËdit dins el pressupost que afectin, en mÈs o menys, els serveis traspassats de la Seguretat Social, llevat que no siguin entre els crËdits consignats en els esmentats serveis.
-4 S'afegir‡ la DisposiciÛ TransitÚria seg¸ent: Segona. En el supÚsit que durant l'exercici de 1982 es creÔn per Llei del Parlament les entitats gestores dels serveis tranferits de la Seguretat Social, el Consell Executiu, a proposta del Conseller d'Economia i Finances, aprovar‡ les transferËncies de crËdit necess‡ries per adscriure a l'estat d'ingresos i a l'estat de despeses d'aquestes els crËdits i les transferËncies als quals fa referËncia la lletra d) de l'article 1.
D'acord amb el que disposa l'article 39 de la Llei 3/1982, de 23 de marÁ, del Parlament, del President i del Consell Executiu de la Generalitat, s'autoritza el Consell Executiu perquË publiqui el text refÛs de la Llei de Pressupost de la Generalitat i de les seves entitats autÚnomes per al 1982 sobre la base de la Llei de Pressupost de la Generalitat i de les seves entitats autÚnomes per al 1982 i la present Llei. Aquesta autoritzaciÛ no inclou la facultat de regularitzar, aclarir o harmonitzar els textos legals que han d'Èsser refosos.
Per tant, ordeno que tots els ciutadans als quals sigui d'aplicaciÛ aquesta Llei cooperin al seu compliment i que els Tribunals i les Autoritats als quals pertoqui la facin complir.
Barcelona, 25 de juny de 1982
Jordi Pujol President de la Generalitat de Catalunya
Ramon Trias i Fargas Conseller d'Economia i Finances
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