ORDRE EMO/21/2014, de 4 de febrer, per la qual es garanteixen els serveis essencials que presten les empreses del sector del lleure educatiu i sociocultural dins l'àmbit territorial de la Comunitat Autònoma de Catalunya.
Sección | Disposicions Generals |
Emisor | DEPARTAMENT D'EMPRESA I OCUPACIÓ |
Rango de Ley | Ordre |
Vista la convocatòria de vaga presentada pels sindicats CCOO i UGT (registre d’entrada de 24 de gener de 2014) que, prevista per als dies 6 i 13 de febrer de 2014, es durà a terme amb aturades de 15 minuts distribuïdes en sis franges horàries que dependran de la jornada contractada (contractes que abastin entre les 7.30 i les 9.30 hores, aturada de 8.15 a 8.30 hores; contractes que abastin entre les 9.30 i les 12.30 hores, aturada d’11.15 a 11.30 hores; contractes que abastin entre les 12.30 i les 15.00 hores, aturada de 13.15 a 13.30 hores; contractes que abastin entre les 15.00 i les 18.00 hores, aturada de 17.15 a 17.30 hores; contractes que abastin entre les 18.00 i les 20.00 hores, aturada de 18.15 a 18.30 hores; en els contractes que se solapin dos o més franges, l’aturada es farà durant la franja que ocupi més jornada), i que afecta tots els treballadors i les treballadores de les empreses que apliquen el Conveni del lleure educatiu i sociocultural de Catalunya;
Atès que davant d’una convocatòria de vaga s’ha de valorar si afecta serveis essencials per a la comunitat, és a dir, si afecta drets constitucionals, llibertats públiques o béns constitucionalment protegits, com és el cas de les activitats que presta el lleure educatiu i sociocultural que tenen relació amb el dret a la seguretat i a la integritat física que reconeix l’article 15 de la Constitució;
Atès que cal compatibilitzar el legítim dret de vaga amb el manteniment dels serveis essencials per tal de garantir els drets constitucionals, tal com disposen els articles 28 i 37 de la Constitució;
Atès que l’activitat del lleure educatiu i sociocultural té el seu desenvolupament en serveis complementaris al servei que presten els centres d’ensenyament, per tant, a l’hora d’establir els serveis mimis caldrà tenir en compte la fonamentació davant d’una situació de vaga del sector de l’ensenyament;
Atès que en els darrers anys s’han produït transformacions profundes en la societat, com la incorporació massiva de les dones al món del treball, la qual cosa ha comportat un increment de menors en els centres educatius que fa imprescindible ponderar un nou equilibri entre el dret fonamental a la vaga per part del personal que presta serveis del lleure educatiu i sociocultural en aquests centres i el dret essencial al treball de tota la població en condicions d’igualtat, i preservar el dret a la...
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