DECRET 282/1998, de 3 de novembre, d'aprovació del Reglament de la loteria denominada Pica 5, organitzada per l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat.
Sección | Disposicions Generals |
Rango de Ley | Decret |
DECRET 282/1998, de 3 de novembre, d'aprovació del Reglament de la loteria denominada Pica 5, organitzada per l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat. L'article 5 de la Llei 15/1984, de 20 de març, del joc, així com l'article 2 de la Llei 5/1986, de 17 d'abril, de creació de l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat, atribueixen al Departament de Governació i a l'entitat esmentada, entre d'altres, determinades facultats relatives a la reglamentació, organització i gestió dels jocs de loteria. Tenint en compte el que estableixen l'article 5 del Decret 325/1985, de 28 de novembre, pel qual s'aprova el primer catàleg de jocs i apostes autoritzats a Catalunya, i el Decret 241/1986, de 4 d'agost, pel qual es fixa el Reglament general dels jocs de loteria organitzats per l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat; Vist l'estudi-proposta del Consell d'Administració de l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat, d'acord amb el dictamen de la Comissió Jurídica Assessora, a proposta del conseller de Governació, i d'acord amb el Govern, Decreto: Article únic S'aprova el Reglament de la loteria denominada Pica 5, organitzada per l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat, que es publica annex a aquest Decret. Disposició final El present Decret entra en vigor el dia 15 de novembre de 1998. Barcelona, 3 de novembre de 1998 Jordi Pujol President de la Generalitat de Catalunya Xavier Pomés i Abella Conseller de Governació REGLAMENT de la loteria denominada Pica 5, organitzada per l'Entitat Autònoma de Jocs i Apostes de la Generalitat. Article 1 Objecte 1.1 El joc regulat per aquest Reglament és una modalitat de loteria en la qual el participant pot adquirir bitllets als establiments autoritzats per a la venda d'aquesta loteria, mitjançant el pagament d'un preu cert. El participant haurà d'escollir 5 (cinc) números d'entre l'1 (u) al 35 (trenta cinc), que serà l'aposta realitzada, amb la qual es participarà en el joc i, si s'escau, amb la qual podrà obtenir els premis corresponents. 1.2 El mètode d'escollir els números podrà ser: marcant-los en un full de selecció, donant-los verbalment a l'agent venedor perquè els introdueixi a l'ordinador receptor d'apostes, deixant que la mateixa terminal generi els números a l'atzar, o bé marcant-los a través de qualsevol mitjà tècnic que es posi a la seva disposició a aquest efecte, per tal que quedin introduïts a l'ordinador receptor d'apostes. Article 2...
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